Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://hdl.handle.net/20.500.14076/4829
Título : Evaluación de impacto ambiental en edificaciones
Autor : Málaga Chocano, Jorge Luis
Asesor : Cacho Cruz, Rocío Margarita
Palabras clave : Edificaciones;Impacto ambiental
Fecha de publicación : 2003
Editorial : Universidad Nacional de Ingeniería
Resumen : Gran parte de los problemas ambientales de las ciudades actuales se originan por no contemplar la relación de una edificación con su entorno. De esta manera las ciudades han crecido desordenadamente, creando serios problemas por la contaminación - sea del aire, del agua o sonora - y por la recolección y disposición de desechos. Esta degradación ocurrió porque, durante el siglo pasado, generalmente se identificó el concepto de protección del medio ambiente sólo con la salvaguarda de espacios naturales, descuidando la protección ambiental de otro tipo de espacios. El concepto de impacto ambiental surgió precisamente en la búsqueda de soluciones de cómo controlar el desarrollo en esos otros territorios, entre los que se encuentran los espacios urbanos y rurales. Uno de los primeros intentos por evaluar el impacto ambiental, se dio en los Estados Unidos. En 1969, la NEPA (National Enviromental Policy Act) exigió que todas las acciones humanas que requieren otorgamiento de permisos de financiamiento, debían ser sometidas a una evaluación de impacto ambiental previa, antes de iniciar la construcción. En el Perú, la exigencia legal para la presentación de Estudios de Impacto Ambiental es relativamente nueva. En la década de los ochenta se exigía la presentación de Estudios de Impacto Ambiental para algunas actividades riesgosas como las mineras. Recién en 1990, con la promulgación del Código de Medio Ambiente y los Recursos Naturales, se establece que todo proyecto de obra o actividad, sea de carácter público o privado, que pueda provocar daños no tolerables al ambiente, requiere de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) sujeto a la aprobación de la autoridad competente. En 1991, la ley Marco para el crecimiento de la Inversión Privada modifica varios artículos del código del Medio Ambiente y de los Recursos Naturales, estableciendo que las autoridades sectoriales competentes para conocer sobre los asuntos relacionados con la aplicación de las disposiciones del código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales son los Ministerios de los sectores correspondientes a las actividades que desarrollan las empresas, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a los Gobiernos Regionales y Locales. Actualmente, algunas municipalidades exigen la realización de Estudios de Impacto Ambiental para otorgar la Licencia de Obras y la aprobación de Anteproyectos arquitectónicos. En resumen, las nuevas pautas del desarrollo y los nuevos conceptos de calidad de vida imponen consideraciones de tipo preventivo para un gran número de actividades humanas. En ese contexto, es necesario que los profesionales dedicados a la arquitectura tengan conocimientos básicos para poder participar en la prevención de impactos ambientales originados sus proyectos ya que el proceso de evaluación del impacto ambiental es quizá la herramienta más significativa para conseguir el equilibrio entre la calidad ambiental y el desarrollo. Por lo tanto, con el presente Informe se propone aportar a la formación de una conciencia ambiental entre los arquitectos, dando lineamientos para evaluar las implicancias ambientales en la construcción y funcionamiento de edificaciones, ya sea que se encuentren en un entorno rural p urbano.
URI : http://hdl.handle.net/20.500.14076/4829
Derechos: info:eu-repo/semantics/restrictedAccess
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