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http://hdl.handle.net/20.500.14076/5808
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Campo DC | Valor | Lengua/Idioma |
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dc.contributor.advisor | Tejada Malaspina, Miguel Ángel | - |
dc.contributor.author | Camones Tinoco, Christian Guissepe | - |
dc.creator | Camones Tinoco, Christian Guissepe | - |
dc.creator | Camones Tinoco, Christian Guissepe | - |
dc.date.accessioned | 2017-11-10T15:14:12Z | - |
dc.date.available | 2017-11-10T15:14:12Z | - |
dc.date.issued | 2012 | - |
dc.identifier.uri | http://hdl.handle.net/20.500.14076/5808 | - |
dc.description.abstract | El sistema de jubilación en el Perú tiene sus orígenes en 1803 durante la época colonial y bajo el Virreinato de José de la Pezuela. En la época republicana, fue don Ramón Castilla quien promulgó la LEY DE GOCES; esta ley posteriormente constituida en base del SISTEMA DE PENSIONES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA y junto con todas las leyes emitidas a favor de los trabajadores fue el fruto de constantes luchas. Los dos sistemas pensionarios están amparados por las siguientes normas: El Decreto Ley N° 19990, que integró a todos los trabajadores del Sector Privado, incluso a los artistas, trabajadores cooperativos, del hogar y trabajadores independientes (a portantes por propia iniciativa). Decreto Ley N° 20530 que amparó a todos los trabajadores civiles de la Administración Pública, nombrados o contratados antes del 26.02.1974 y cuya carrera administrativa se regía por la Ley 11377 y Decreto Legislativo N° 276 al 20.06.1,989. En 1992 se promulgó la Ley 25897, bajo el gobierno de Alberto Fujimori, y fue partida de nacimiento de las AFPs (Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones). Sistema en el que están obligados a suscribirse todos los trabajadores activos públicos y privados dependientes. Los aportes al fondo de pensiones se encuentran individualizados y son capitalizados; llegado el momento de jubilación, el trabajador solo tendría derecho a gozar de una pensión mientras su fondo personal subsista. Por promulgación de la Ley Nro. 29426 se crea el Régimen Especial de Jubilación Anticipada para desempleados (REJA) que fue promulgada el 27 de octubre del 2009, bajo este contexto las Administradoras de Fondos y Pensiones (AFP), deberían ajustar sus procesos para soportar aquel nuevo régimen de jubilación, por lo que todas las AFP debieron desarrollar sistemas que soporten la nueva funcionalidad. El Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA) es de naturaleza temporal en el sistema privado de pensiones, y está destinado a aquellos afiliados que cumplan con determinadas condiciones o se encuentren en las siguientes situaciones: Que cuenten, al momento de solicitar el beneficio, con un mínimo de cincuenta y cinco (55) años cumplidos para los varones y cincuenta (50) años cumplidos para las mujeres Que se encuentren desempleados durante doce (12) meses o más. Los desempleados deben acreditar su fecha de cese con documentos de fecha cierta. La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones determinará las condiciones mínimas que se deben cumplir con dicha documentación. Que la pensión calculada en el Sistema Privado de Pensiones resulte igual o mayor al valor de una Remuneración Mínima Vital (RMV). Este Régimen tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre del 2012 y otorga el derecho a redención del Bono de Reconocimiento conforme al procedimiento de redención anticipada. AFP - Horizonte tiene como uno de sus socios estratégicos a GMD, específicamente en el área de sistemas. Es así que GMD es una de las empresas a cargo de desarrollar y mantener los sistemas clave de la mencionada AFP, más no es la única. GMD proporciona soluciones a necesidades informáticas con calidad en todas las operaciones brindando confianza al cliente, y es por eso que la AFP seleccionó a GMD para realizar este tipo de desarrollo, ya que es un desarrollo mandatorio por la ley y requiere prioridad. GMD realizó el análisis y evaluación del requerimiento solicitado por el cliente, y planteó dos alternativas de solución a implementar. Dichas alternativas implicaban riesgos y beneficios que fueron presentados al cliente para su evaluación. Las alternativas fueron las siguientes: La primera alternativa conllevaba a modificar el sistema CIAD y el calculador de jubilación para adaptar algunos procesos del sistema CIAD y del calculador de jubilación para que soporte las nuevas funcionalidades del REJA. La segunda alternativa fue diseñar un sistema semejante al sistema CIAD y calculador de jubilación para tomar algunos procesos del sistema y adaptarlo al sistema REJA. Se evaluaron indicadores creados para la elección de alternativas de solución, escogiendo la más óptima para la organización, la cual se implementó | es |
dc.description.uri | Trabajo de suficiencia profesional | es |
dc.format | application/pdf | es |
dc.language.iso | spa | es |
dc.publisher | Universidad Nacional de Ingeniería | es |
dc.rights | info:eu-repo/semantics/restrictedAccess | es |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/ | es |
dc.source | Universidad Nacional de Ingeniería | es |
dc.source | Repositorio Institucional - UNI | es |
dc.subject | Sistema privado de pensiones AFP | es |
dc.subject | Jubilación | es |
dc.title | Implementación del sistema de régimen especial de jubilación anticipada (REJA) para una empresa de fondos previsibles. | es |
dc.type | info:eu-repo/semantics/report | es |
thesis.degree.name | Ingeniero de Sistemas | es |
thesis.degree.grantor | Universidad Nacional de Ingeniería. Facultad de Ingeniería Industrial y de Sistemas | es |
thesis.degree.level | Título Profesional | es |
thesis.degree.discipline | Ingeniería de Sistemas | es |
thesis.degree.program | Ingeniería | es |
Aparece en las colecciones: | Ingeniería de Sistemas |
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Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
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