Please use this identifier to cite or link to this item: http://hdl.handle.net/20.500.14076/8818
Title: Mercado bancario 1991 mercado cerrado o mercado abierto
Authors: Vega Bocanegra, Carlos
Advisors: Cuentas Vargas, Sergio Enrique
Keywords: Depósitos bancarios;Operaciones bancarias;Bancos
Issue Date: 1994
Publisher: Universidad Nacional de Ingeniería
Abstract: Este documento ha sido formulado de acuerdo a lo estipulado por el Reglamento de Titulación Profesional de la Universidad Nacional de Ingeniería en la modalidad de experiencia profesional. Es así como en el rubro I de su contenido, se presenta el informe sobre la experiencia profesional en actividades de Ingeniería Económica del suscrito, el mismo que da a conocer la actividad profesional desarrollada a lo largo de mas de veinte años , señalando los cargos desempeñados, haciendo énfasis en las funciones asumidas y la descripción resumida de los principales trabajos realizados en el ejercicio de las funciones encomendadas en las tres principales instituciones donde se desarrolló dicho experiencia profesional: Superintendencia de Banca y Seguros (de 1984 a 1993), Escuela Superior de Administración de Negocios para Graduados ESAN (de 1984 a 1985) y Ministerio de Economía y Finanzas (de 1970 a 1984). En el rubro II se presenta el Curriculum Vitae, el mismo que informa acerca de los estudios universitarios de Post Grado realizados en el extranjero durante cuatro años luego de haber obtenido una beca para esta finalidad del gobierno de la Republica de Francia; así como los Stages, Seminarios e Idiomas desarrollados tanto en nuestro país como en el exterior. En el rubro III se presenta el Informe de Ingeniería Económica para optar el Título Profesional de Ingeniero Economista: El Mercado Bancario en 1991, Mercado Abierto o Mercado Cerrado. El referido informe tiene su origen en una inquietud del suscrito luego de la dación del decreto legislativo 637 ley general de instituciones bancarias, financieras y de seguros, la misma que modifica el ámbito de competencia de las instituciones bancarias peruanas que hasta esa fecha se habían regido por la doctrina recogida en 1931 de las recomendaciones formuladas por la Misión Kemmerer lo que se tradujo en la Ley de Bancos (D. ley 7159) de este año. El nuevo dispositivo es promulgado en un momento de crítica situación del sistema bancario comercial peruano, cambiando las reglas de juego, pues de banca especializada existente hasta ese momento se posibilita la creación de Banca Múltiple. El informe en mención tenía como finalidad establecer un esquema de análisis para la alta dirección de la Superintendencia de Banca y Seguros, que le permita dar sustento a la decisión de aceptar o rechazar la solicitud de autorización de organización de un nuevo banco dentro de las condiciones de crisis en que se encontraba el Sistema Bancario Comercial, teniendo en cuenta la capacidad discrecional del superintendente de Banca y Seguros facultado por el articulo 26 el decreto legislativo antes señalado y la función del suscrito, que en ese momento desempeñaba el cargo de Director General de asuntos económicos que era la de dictaminar la procedencia o improcedencia de una solicitud de autorización de organización de una nuevo banco como una de sus funciones permanentes.
URI: http://hdl.handle.net/20.500.14076/8818
Rights: info:eu-repo/semantics/restrictedAccess
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